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El Ayuntamiento de Málaga, a través del Instituto Municipal de la Vivienda, la Rehabilitación y la Regeneración Urbana (IMV) presentó recientemente las subvenciones para la mejora de viviendas en la ciudad, en un acto al que asistió el concejal de Vivienda, Francisco Pomares, el gerente del IMV, José María López Cerezo, y el presidente del Colegio de Administradores de Fincas de Málaga y Melilla, Manuel Jiménez.

Estas ayudas, que se enmarcan dentro de la convocatoria anual de subvenciones municipales a la rehabilitación para el año 2023, se activarán una vez que se publiquen en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga, tras la aprobación en el Consejo Rector del IMV.

Entre las cuestiones más interesantes, destaca el reconocimiento como subvencionable del 2% del Presupuesto de Ejecución Material (PEM) como honorarios profesionales del Administrador de Fincas, independientemente del 8% dedicado a los técnicos.

En concreto, esta convocatoria de ayudas se divide en las siguientes líneas específicas:

  • Línea de Rehabilitación Parcial en el Centro Histórico: destinada a actuaciones de rehabilitación de edificios que contribuyan a la revitalización del Centro Histórico. La partida contemplada para esta línea, que solo contempla edificios residenciales cuyo uso sea el de residencia habitual y permanente es de 500.000 euros. Las subvenciones podrán alcanzar entre el 30% y el 50% si el edificio tiene alguna protección arquitectónica, del presupuesto protegible como máximo, salvo en caso de especial carencia de recurso (cuando al menos el 50% de las familias propietarias residentes tengan ingresos inferiores a 3 IPREM), que podrá alcanzar el 90%.
  • Línea de Rehabilitación en Barriadas: con una partida de 1,3 millones de euros, esta línea está centrada en actuaciones en edificios no localizados el entorno del Centro Histórico y que formen parte de Barriadas tradicionales y de expansión de la ciudad. Las subvenciones podrán alcanzar entre el 30% y el 40% del presupuesto protegible como máximo, dependiendo de la puntuación que alcance la actuación solicitante, salvo en caso de especial carencia de recurso (cuando al menos el 50% de las familias propietarias residentes tengan ingresos inferiores a 3 IPREM), que podrá alcanzar el 90%.
  • Línea Especial A) Revitalización de Centro y Barriadas: actuaciones de reconstrucción, rehabilitación, adecuación, reparación y conservación sobre edificaciones residenciales o no que contribuyan a la revitalización del Centro Histórico y Barriadas. Para esta línea se contempla una partida de 500.000 euros. Las subvenciones podrán alcanzar entre el 25% con carácter general, 50 % si no existe ánimo de lucro y el 90% del presupuesto protegible como máximo si además se acredita especial carencia de recursos.
  • Línea Especial B) Edificios con daños estructurales: actuaciones de reparación y conservación realizadas fuera del Centro Histórico, dirigidas a edificios de viviendas que, por su estado estructural, requiera rehabilitaciones parciales o especiales. Está dotada con una partida 500.000 euros, y su porcentaje de subvención podrá ascender hasta el 90% del importe subvencionable, debiéndose acreditar la falta de recursos económicos de los afectados (cuando al menos el 50% de las familias propietarias residentes tengan ingresos inferiores a 3 IPREM).
  • Línea Especial C) Para mejora del Aislamiento Acústico: actuaciones de actuaciones de rehabilitación, adecuación, reparación, conservación y reconstrucción destinadas a la mejora del aislamiento acústico de viviendas situadas en zonas donde el Mapa Estratégico de Ruido de Málaga establezca que exista un índice de ruido total igual o superior a 65 decibelios, así como viviendas afectadas en los planes zonales específicos de las Zonas Acústicamente Saturadas (ZAS). El importe de estas subvenciones será del 50% del presupuesto protegible, que contempla un máximo de subvención de 15.000 euros por vivienda.
  • Línea Especial D) Para el Fomento del Alquiler Residencial Habitual: actuaciones para la mejora de la conservación, rehabilitación, reconstrucción o adecuación de viviendas, cuyos propietarios se comprometan a destinarlas a alquiler para vivienda habitual y permanente que no superen los 7,21 euros/m2 y mes de renta (índice de precio de referencia de alquileres residenciales medio de Málaga, según Mapa de Precios elaborado por el IMV) y se destinen a familias inscritas en el Registro Municipal de Demandantes de Viviendas de Málaga gestionado por el IMV. El importe de estas subvenciones será del 50% del presupuesto protegible, que contempla un máximo de subvención de 15.000 euros por vivienda.

Las solicitudes de estas subvenciones podrán tramitarse tanto en la sede electrónica municipal (https://sede.malaga.eu) como en la Oficina del IMVRRU, el Registro General del Ayuntamiento y en las OMAC de los distritos. Para ello, los solicitantes tendrán un plazo de 45 días naturales a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.

Las solicitudes recibidas serán evaluadas bajo los criterios de valoración recogidos en las bases, que dan mayor puntuación a las actuaciones de comunidades con menor poder adquisitivo.